IGJ. RG 1/2010. Declaración Jurada de Datos.Último plazo de presentación 30/04/2015.La presentación de la declaración jurada de datos (RG 1/2010) es obligatoria...
IGJ. RG 1/2010. Declaración Jurada de Datos.Último plazo de presentación 30/04/2015.La presentación de la declaración jurada de datos (RG 1/2010) es obligatoria para todas las entidades con personería jurídica obtenida antes del 20/07/2010.Según lo dispuesto por las resoluciones generales 1/2010 y 4/2014 se recuerda:
Hasta el 30/04/2015
Se podrá presentar la Declaración Jurada correspondiente a la Resolución General 1/2010. Acceda a la información sobre cómo realizar el trámite de presentación de la DDJJ y al aplicativo correspondiente desde aquí.
Las entidades que presentaron DDJJ y hayan sido intimadas por falta de inscripción de autoridades, pago de tasas, presentación de balances, cambio de domicilio u otros, no podrán concluir trámites registrales, con excepción del trámite por el cual se las intima.
Las entidades que no presenten la DDJJ, no podrán concluir trámites registrales.
Luego del 30/04/2015
Las entidades que no presentaron la DDJJ antes del 30/04 quedarán incluidas automáticamente en el Registro de Entidades Inactivas (R.E.I.)
Las entidades incluidas en el R.E.I. no podrán concluir ningún trámite(registral, administrativo, balances, etc.) hasta tanto efectúen el Procedimiento de Cumplimiento, o bien opten por la disolución, liquidación y cancelación voluntaria.
Se aplicará el Procedimiento de Cumplimiento, a través del cual las entidades incluidas en el R.E.I. podrán cambiar su estado, luego de cumplir con las obligaciones impuestas por el organismo.
Fuente. IGJ.